miércoles, 27 de junio de 2018

CORREOS CONVOCA 2.295 PLAZAS DE PERSONAL FIJO


Con el objeto de garantizar un empleo estable de calidad adecuado a las necesidades de CORREOS en la actualidad, con fecha 26 de junio 2018 Correos llevó a cabo la CONVOCATORIA DE INGRESO DE PERSONAL LABORAL FIJO, ofertando 2.295 plazas de personal fijo de los cuales:

            - 1.170 plazas en Correos para el reparto urbano y los servicios rurales 
              motorizados.
            - 266  plazas para los no motorizados
            - 256 plazas para agentes de clasificación a tiempo completo.
                  
            - 109 plazas para agentes de clasificación  tiempo parcial.    
            - 294 plazas para atención al cliente a tiempo completo . 
            - 200 plazas para atención al a tiempo parcial

SOLICITUDES:
El plazo para la presentación de la candidatura a esta convocatoria, está previsto, hasta el próximo día 4 de julio 2018, inclusive.
El medio de presentación de las solicitudes es exclusivamente, a través del procedimiento habilitado en la Web de Correos, podéis acceder a ella a través del siguiente enlace:
En las solicitud se podrá elegir hasta un máximo de cuatro puestos de trabajo de una sola provincia.


TASAS: 
El importe de los derechos por la participación en el presente proceso selectivo será de 13 euros. El pago deberá hacerse en el mismo plazo previsto para la presentación de solicitudes. Éste podrá realizarse en modalidad online como continuación del formulario de solicitud, con el correspondiente justificante de haber realizado la operación. La falta de justificación en el plazo previsto para la presentación de solicitudes de terminará la exclusión del aspirante.
Para más información: 






martes, 26 de junio de 2018

SUBVENCIÓN PARA EMPRENDEDORES


ESTADO DE LA CONVOCATORIA : VIGENTE
PLAZO SOLICITUD: HASTA EL 12 DE JULIO 2018.


Siguiendo la dinámica queremos seguir ofreciendo información para crear oportunidades aquellos nuevos emprendedores que pretender dar un giro a su situación, creando su propio empleo, su propio proyecto.

Para ello os presentamos la CONVOCATORIA DE INCENTIVOS AL AUTÓNOMO, EMPRENDIMIENTO Y PROYECTOS DE AUTOEMPLEO 2018 del IMDEEC.

Con esta convocatoria llevada a cabo por el Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC), tiene por objeto fomentar los proyectos empresariales generadores de riqueza y empleo en su fase inicial de lanzamiento y puesta en marcha.

Trata de potenciar el autoempleo e incentivar la actividad emprendedora como pieza clave para el desarrollo económico y social del municipio de Córdoba.
Por ello, aquellos nuevos emprendedores, que viniendo de una situación de desempleo, y que hayan decidido iniciar un proyecto empresarial en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2018, en el municipio de Córdoba podrá optar a esta convocatoria de incentivos al autónomo, emprendimiento y proyectos de autoempleo iniciada por el IMDEEC, hasta el próximo día 12 de julio de 2018.
Para poder ostentar a la subvención, cuyo importe podrá ser de hasta un máximo de 4.000 €, deberán reunir los siguientes requisitos:
1.  Venir de una situación de desempleo previa, al autoempleo.

2.  Haber causado alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos entre el 1 enero y el 30   de junio de 2018.

3.  Que la actividad empresarial y el domicilio fiscal de la empresa radique en el municipio de   Córdoba.

4. Aportar justificantes de gastos, pagos correspondientes a los conceptos subvencionables, y que estos gastos se hayan realizado como consecuencia de la puesta en marcha de la actividad empresarial en el periodo comprendido entre los 6 meses anteriores y los 3 meses posteriores a la fecha de alta en el Régimen de la Seguridad Social correspondiente o Mutualidad Profesional.

Antes hemos hecho mención a los gastos subvencionable, pero ¿Cuales son estos gastos?:

1.  Honorarios de profesionales: notarios, registradores, ingenieros técnicos, diseñadores gráficos como consecuencia de la constitución y puesta en marcha de la actividad empresarial.

2. Honorarios de letrados o asesores como consecuencia de la constitución y puesta en marcha de la actividad.

3.  Registro de patentes y marcas comerciales.

4. Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados relativos al inicio de la actividad empresarial.

5.  Traspaso de negocio.

6.  Tasas de inspección sanitaria, licencias urbanísticas.

7.  Impuesto sobre construcciones, instalaciones, obras o similares.

8.  Licencia de apertura de establecimiento o cambio de titularidad de licencia de actividad de establecimiento.

9. Gastos de matrícula por participación, a cursos, seminarios y jornadas de temas relacionados con el objeto de la actividad empresarial y las fechas tanto de las facturas como de la realización de los mismos y sus justificantes de pago no podrán tener una antigüedad mayor a un año a la fecha de comienzo de la actividad.

10. Gastos de publicidad de lanzamiento.

11. Cuota de inscripción en el correspondiente Colegio profesional para el ejercicio de la actividad profesional.

12. Las tres primeras cuotas de la Seguridad Social, referentes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.


Por todo ello, en el caso de los emprendedores que hayan incurrido en gastos relativos a los conceptos subvencionables mencionados con anterioridad, como consecuencia de la puesta en marcha de la actividad empresarial entre el 1 de enero y 30 de junio de 2018, causando en dicho periodo alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, y sin que haya existido altas como autónomo en los 6 meses anteriores a la fecha del último alta en este Régimen ( que debe estar comprendido entre 1 enero 2018 y 30 junio de 2018).



Mas info: http://imdeec.es/incentivos-y-ayudas/

" La mejor manera de empezar algo es dejar de hablar de ello, y empezar a hacerlo

lunes, 25 de junio de 2018

INNOVACTIVA 6000


Dicen que si te enfocas en aquello que quieres verás llegar las oportunidades, por ello en un propósito de haceros llegar esas oportunidades, damos comienzo la semana desde CORDOBA EMPLEA, con la infromación de una nueva subvención para el apoyo empresarial de aquellos jóvenes empresarios andaluces que están comenzando su andadura empresarial o que tienen la intención de hacerlo.

Con fecha 18 de junio, se aprobó la orden por la que se convocan subvenciones, por el Instituto Andaluz de la Juventud, a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía de hasta 35 años de edad, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía, para el ejercicio 2018.

La subvención supone un incentivo económico para apoyar la inversión en inmovilizado de hasta un máximo de 6.000 euros.

Por ello, si eres joven andaluz o residente en Andalucía, menor de 36 años, con estudios universitarios, o los relativos a ciclo formativo de grado medio o grado superior, que acaba de iniciarse en el mundo empresarial o tenga previsto iniciarse en el mismo en este 2018, estás en el lugar y en el momento correcto. 

A continuación te mostramos toda la información necesaria para poder solicitar esta subvención.

La primera pregunta que debemos responder es: 

  •  ¿Quiénes pueden ser los beneficiarios de estas subvenciones?

Como ya comentábamos esta subvención va dirigida a jóvenes andaluces (de hasta 35 años de edad) o residentes en Andalucía , que estén en posesión de una titulación universitaria o de ciclo formativo de grado medio o superior, que pongan en marcha un proyecto  empresarial, ya sea dentro de una sociedad (sociedad limitada, anónima, sociedad civil, etc), o se trate de un empresario autónomo (persona física) y además se exigirá que este proyecto empresarial esté avalado por un informe de viabilidad realizado por la Fundación Pública Andaluza "Andalucía Emprende".
 
-          ACLARACIONES:

En el caso de que el proyecto sea llevado a cabo por una sociedad, no todos los socios deben cumplir con los requisitos en cuanto a la edad, formación etc, basta con que uno de ellos esté dentro del perfil exigido, para poder solicitarla.
Si la ayuda es solicitada por un autónomo como persona física, se deberá acreditar que el solicitante no haya estado dado de alta en el Régimen Especial de trabajadores autónomos durante el año inmediatamente anterior al 18 de junio de 2018, no podrán solicitar estas ayudas aquellas personas que hayan sido beneficiarias de las mismas en convocatorias anteriores, aunque hubieran renunciado a ella una vez concedida.


En segundo lugar es preciso saber, para qué se concede la bonificación, es decir que gastos empresariales son los que van a incentivar la Junta de Andalucía, es decir:

  •   ¿Qué proyectos serán subvencionables? 
Serán objeto del incentivo aquellas actuaciones encaminadas a la constitución de las empresas, desde el coste de constitución (registro y notaría), hasta aquellas inversiones dirigidas a la puesta en funcionamiento de la nueva empresa, tales como la adquisición de equipos informáticos, el mobiliario e inmovilizado material e inmaterial, como: licencias de software, software, dominios web, maquinaria, leasing , propiedad industrial, obras de adaptación y mejora de infraestructura propia o de elementos de transporte.

Están excluidas, las aportaciones para constituir el capital inicial de la empresa así como los gastos de naturaleza corriente, como las cuotas de la seguridad social, sueldos o retribuciones.

Por todo ello, si reúnes los requisitos antes descritos, podrás solicitar este incentivo económico que ofrece la Junta de Andalucía, hasta el día 18 de julio de 2018, en cualquiera de los siguientes registros:

En los registros de las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud, o en el Registro General del Instituto Andaluz de la Juventud.

En cualquier registro de la Administración de la Junta de Andalucía.

O a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:


Para más información:


Esperemos que os sea de ayuda.

Corem.


 


viernes, 22 de junio de 2018

ESTAMOS DE VUELTA!!!!


A todos aquellos lectores y seguidores de COREM,


Me complace comunicaros la reanudación del blog " CORDOBA EMPLEA ". 

Con la intención de mantener un flujo constante en la información laboral que radica en Córdoba y provincia, es la misión de este espacio creado para vosotros la de mostrar los recursos existentes que pueden favorecer la inserción en el mercado de trabajo así como la información laboral para aquellos que ya estáis de lleno sumergidos como trabajadores, tanto autónomos, como por cuenta ajena.

Córdoba emplea nace con la intención de ser vuestro acompañamiento en la búsqueda de empleo, por ello seguiremos hablando e informando sobre becas, ayudas, bolsas de empleo, políticas activas de empleo que están ahí y de las cuales podemos hacer uso, mostraremos ofertas laborales siguiendo la dinámica inicial del blog.

Pero este parón no ha sido en vano, queremos dar un paso más en este canal de comunicación, queremos atender a las necesidades no solo de los que estáis en la búsqueda activa de empleo, sino también de aquellos otros que os encontráis en el mercado laboral, también queremos acercarnos a vosotros, y de alguna forma igualmente acompañaros en este rol de trabajadores, manteniendo una información esencial ante aquellas dudas generales sobre los derechos laborales vinculados a vuestra relación laboral.

Por todo ello, y sin enrollarme mucho más, quisiera manifestar la enorme ilusión con la que se reanuda esta actividad, esperando que sea realmente útil para todos vosotros, y que podamos estar en un continuo intercambio de información para hacer más completa nuestra participación.

Y sin prolongarlo mucho más.... COMENZAMOS!!!



"El 90% del éxito se basa simplemente en insistir"  Woody Allen